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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-066-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LAS INCUBADORAS PARA RECIEN NACIDOS. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CARLOS R. PACHECO, Director General de Control de Insumos para la Salud, por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 194 fracción II de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 45, 46 fracción II, 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8 fracción IV y 12 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. PREFACIO Las Unidades Administrativas que participaron en la elaboración de esta Norma son: Dirección General de Control de Insumos para la Salud, Instituto Mexicano del Seguro Social, Canifarma: Sección de Productos Auxiliares para la Salud, y las siguientes empresas: Casa Mario Padilla, S.A. de C.V., Hillusa Medical Equipment Import Export, Industria Electromédica de México, S.A. de C.V., Médica Industrial, S.A. de C.V., Internacional Electromédica S.A. de C.V. 1. Objetivo El objetivo de esta Norma es establecer los requisitos mínimos de seguridad y funcionamiento que deben cumplir las incubadoras de cuidados generales para recién nacidos prematuros, las cuales son impulsadas eléctricamente para asistir al bebé en el mantenimiento de su balance térmico controlando las condiciones adecuadas de temperatura, humedad y aislamiento del medio ambiente exterior. 2. Campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana debe observarse en todas las industrias, laboratorios y establecimientos dedicados al proceso de este producto en el territorio nacional. Las incubadoras de importación usadas deben cumplir con esta Norma. 3. Referencias NOM-J-137-1971 Determinación de la corriente de fuga en aparatos eléctricos. NOM-J-195-1980 Cable de alimentación y extensión para aparatos eléctricos. NOM-J-5-1981 Interruptores para instalaciones electrodomésticas en circuitos monofásicos. NOM-J-153 Clasificación de materiales aislantes. NMX-EE-59 Envase y Embalaje. Símbolos para Manejo, Transporte y Almacenamiento. NOM-J-1-5-1980 Clavijas. 4. Definiciones, símbolos y abreviaturas 4.1 Definiciones. 4.1.1 Incubadora. Aparato provisto de una cámara aislada que mantiene a una temperatura constante en atmósfera controlada a un recién nacido prematuro para continuar su desarrollo normal. Este equipo electromédico diseñado para contener un bebé tiene secciones transparentes que permiten observarlo. Incubadora para Cuidados Generales de Recién Nacidos: Incubadora en que se controla la temperatura del aire del compartimiento del recién nacido. 4.1.2 Temperatura de la incubadora. Es la temperatura medida en el aire dentro de la incubadora en un punto central 10 cm arriba del centro de la superficie del colchón, en el compartimiento del recién nacido. 4.1.3 Temperatura promedio. Es el valor promedio de las lecturas de temperatura máxima y mínima efectuadas en un punto especificado dentro del compartimiento del recién nacido logrado en una condición de temperatura estable. 4.1.4 Temperatura de equilibrio. Es la temperatura promedio alcanzada cuando la temperatura varía no en más de 0.2ºC en una hora. 4.1.5 Condición de temperatura estable. La condición alcanzada cuando la temperatura en el compartimiento del bebé no varía más de 1K (1ºC) en el periodo de una hora y la temperatura promedio no varía más de 0.2K (0.2ºC) durante este periodo. 4.1.6 Variabilidad de la temperatura. Son los cambios registrados en la temperatura de la incubadora durante una hora, después que se ha alcanzado la temperatura de equilibrio. 4.1.7 Temperatura de control. Es la seleccionada en el control de temperatura. 4.1.8 Temperatura de la incubadora. Temperatura en un punto dentro de la incubadora, a 10 cm por arriba del centro de la superficie del colchón. 4.2 Símbolos y abreviaturas. NOM Norma Oficial Mexicana SI Sistema Internacional de Unidades de Medida NIE Clasificación de materiales aislantes VCA Volts de Corriente Alterna CA Corriente alterna CC Corriente continua DBA Decibeles con una curva de ponderación "A" 5. Especificaciones 5.1 Las incubadoras deben tener un sistema de acondicionamiento ambiental con cámara aislada que debe reducir la pérdida y ganancia de calor por radiación, aminorar la penetración de ruidos, humedad controlada, concentraciones controladas de oxígeno, con alarmas visuales y audibles conectadas a los sensores específicos que señalan alteraciones en los rangos establecidos. 5.1.1 Las condiciones ambientales de operación. Temperatura: 293 K a 305 K (20ºC a 32ºC) Humedad relativa: 60% ± 20% Presión barométrica: 75.4 kPa a 100.1 kPa (580 mmHg a 770 mmHg). Velocidad del aire: 10 a 15 cm/seg. 5.1.2 Tensión de alimentación. Debe trabajar a 127 volts ± 10% de tolerancia a 60 hercios. 5.1.3 Materiales. Los materiales deben ser resistentes y no sufrir deformaciones que afecten el funcionamiento de la incubadora bajo condiciones normales de operación. No se admite fuente radiante a excepción de la lámpara de fototerapia. Se debe evitar emplear materiales inflamables en la construcción del equipo. Los materiales metálicos deben estar protegidos contra la corrosión. Todas las superficies en el compartimiento del recién nacido, ductos, unidad humidificadora y otros componentes del sistema de circulación del aire, deben ser fácilmente accesibles a la limpieza y desinfección. Los componentes de la incubadora que pudieran ser de material inflamable deben estar separados del área diseñada para el aire enriquecido de oxígeno por medio de barreras de protección no inflamable, las cuales deben prevenir la concentración excedida de oxígeno en el medio ambiente. Todos los controles e interruptores accesibles al operador deben fijarse con seguridad al panel, para prevenir riesgos y reposiciones innecesarias. 5.2 Componentes mecánicos. 5.2.1 Cubierta (capacete): Debe ser abatible. Debe ser de material que permita observar al recién nacido fuera de la cubierta, sin dificultad. Debe contar con lo necesario para facilitar el acceso al interior y colocar al recién nacido en forma adecuada. Si la cubierta puede abatirse o posee tapa debe estar diseñada de manera que evite su caída y apertura accidental. Debe tener orificios para acceso de: - Un gancho para la báscula. - Accesorios para monitoreo, mangueras, etc. Los orificios para acceso deben de estar cubiertos cuando no estén en uso para que no se alteren las condiciones de operación de la incubadora. La cubierta debe tener 4 ventanillas, 2 al frente y 2 en la parte posterior para introducir los brazos. Debe contar con una tapa u otro sistema que permita sellar la ventanilla cuando no esté en uso. La tapa de la ventanilla debe contar con un seguro que evite una apertura accidental mediante un mecanismo de abatimiento automático. 5.2.2 Colchón y plataforma. Debe soportar al recién nacido sin ningún riesgo para el mismo. Debe estar fabricado de material antialérgico. Debe contar con un espacio suficiente, bajo la plataforma para colocar un porta chasis con su placa radiográfica. Debe contar con un mecanismo adecuado para ser inclinado o elevarse horizontalmente sobre el panel de acceso. 5.2.3 Chasis (módulo de control). Debe estar integrado a la caja mayor y contener los elementos de control de la incubadora. Debe estar protegido contra daños y otros riesgos de trabajo. El módulo de control deberá removerse por medio de un sistema que permita el aseguramiento óptimo al chasis principal. 5.2.4 Gabinete. Debe soportar con seguridad la caja mayor, el capacete y los accesorios adicionales. Debe tener manijas o sistema similar en los lados para facilitar el desplazamiento. Debe tener acceso al interior mediante puerta de cierre automático, accionada con manijas o sistema similar para depositar equipo auxiliar, facilitar su limpieza y mantenimiento. Debe tener freno al menos en dos de las cuatro ruedas. 5.3 Características ambientales de funcionamiento: Las especificadas en el numeral 5.1.1. 5.4 Características térmicas.
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